El período transitorio de validez de 15 meses de las cláusulas contractuales tipo para transferencias internacionales de datos (TID) de las Decisiones de la Comisión Europea 2001/497/CE, 2004/915/CE y 2010/87/UE, desde su derogación el 27 de septiembre de 202, finaliza el próximo 27 de diciembre de 2022, fecha en la que ya no resultarán válidos los contratos celebrados con arreglo a esas cláusulas de las Decisiones derogadas, debiéndose proceder a su adaptación a las nuevas cláusulas contractuales tipo (SCC) aprobadas por la Comisión Europea con la Decisión 2021/914, y disponibles en nuestro sistema desde la fecha de su aprobación.
Estas SCC, además de sustituir a las derogadas, ofrecen garantías para las transferencias entre responsables, entre responsable y encargado, entre encargados y entre encargado y responsable conforme al artículo 46 del RGPD.
Enlace al artículo de la AEPD: https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/cumple-tus-deberes/medidas-de-cumplimiento/transferencias-internacionales/comunicado-aepd